Portal de transparencia

APLICACIÓN DE LA NORMA SOBRE TRANSPARENCIA EN CENTROS CONCERTADOS

La transparencia y las buenas prácticas en la gestión y la participación en los centros privados sostenidos con fondos públicos,  son principios básicos en el funcionamiento de este centro desde el inicio del proceso de concertación en el curso 1985/1986. Nuestro colegio, con la participación del consejo escolar (órgano de representación y participación de la comunidad educativa) ha venido cumpliendo con la obligación de justificar los fondos recibidos cada curso según la normativa aplicable, sin que se haya generado incidencia alguna en tal justificación.

La justificación de gastos viene regulada por la Orden de 31 de diciembre de 1990 (BOC núm. 16, de 6 de febrero), que se apoya en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre conciertos educativos, artículo 40. La Resolución de   28 de julio de 2010,  de la Dirección General de Promoción Educativa, aprueba el modelo de certificación acreditativa de la justificación de estos gastos.

La entrada en vigor de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, supone un avance en la regulación normativa de esta materia, siendo de aplicación en Canarias, así como la propia normativa autonómica, que lo recoge en Ley 12/2014, de 26 de diciembre.

En línea con las disposiciones que desarrollan esta ley de transparencia, los centros privados concertados ofrecerán acceso a la información pública de la relación de información que a continuación se detalla:

  1. a) Etapas educativas concertadas.
  2. b) Número de unidades concertadas por etapa educativa.
  3. c) Número de docentes incluidos en el concierto educativo.
  4. d) Importe percibido mensualmente de la Administración Educativa, por las unidades concertadas, en concepto de gastos de funcionamiento, y personal complementario en el caso de las unidades concertadas de Educación Especial.

 

 A través del presente Portal de la transparencia, el Colegio Virgen del Mar cumple con este compromiso  de publicidad activa y desea seguir mostrando su compromiso total con la transparencia en todos los aspectos de su funcionamiento y en el desarrollo de sus actividades, como ha realizado en todo momento. Confiamos en que el presente portal resulte de utilidad para cumplir dicho objetivo de transparencia en la gestión y acceso a la información.

El Colegio centra su actividad en la acción educativa  en los niveles educativos de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria y Bachillerato  siendo beneficiario de concierto educativo en los niveles del Segundo Ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria,  por cuanto el Gobierno de Canarias no convoca conciertos educativos, ayudas, subvenciones, y otras medidas de apoyo a las familias para la etapa del Primer Ciclo de Educación Infantil, y Bachillerato, ni para actividades complementarias, extraescolares y servicios escolares, como Talleres de inmersión Lingüística para el fomento del bilingüismo, Auxiliares de conversación, Tables educativas, plataformas digitales, aulas virtuales,  Servicio de Biblioteca, Seguro Escolar, Gabinete Psicopedagógico, Aulas de la Naturaleza, Excursiones, visitas, Programa de Prevención contra la drogodependencia, Programa de uso responsable de internet y redes sociales, celebraciones de días especiales, certámenes de redacción, dibujo y postales, Talleres de animación a la lectura, Talleres del Gofio, Semanas Culturales y deportivas, aplicación de programas específicos de recuperación y estudio, entre otros.

 

NORMATIVA APLICABLE

1. Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación.
2. Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
3. Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos Educativos.
4. Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 2017 (para 2018, que habrá que actualizar  cuando se publique).

5.  Ley 3/2016, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017

  1. Orden de 26 de diciembre de 2016, por la que se dictan normas para la suscripción, renovación y/o modificación de los conciertos educativos de las enseñanzas de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y Formación Profesional para los cursos 2017/2018 al 2022/2023.

 

ETAPAS EDUCATIVAS CONCERTADAS Y NÚMERO DE UNIDADES

ETAPAS UNIDADES
2º CICLO DE EDUCACION INFANTIL 9 UNIDADES
EDUCACION PRIMARIA 18 UNIDADES
EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA 12 UNIDADES

 

NUMERO DE DOCENTES INCLUIDOS EN EL CONCIERTO EDUCATIVO

Se regula esta materia para los centros con carácter general  en la   ORDEN DE 14 DE ABRIL DE 2008, por la que se regula el personal docente financiado con fondos públicos de los que podrán disponer los Centros Privados Concertados de Canarias para el incremento de la ratio profesor-unidad concertada, Profesores de Pedagogía Terapéutica, Profesores de Psicología y Pedagogía, Atención Domiciliaria y Programas de Diversificación Curricular (BOC nº 90, de 6 de mayo de 2008).

Siendo la jornada lectiva de nuestro profesorado de 25 horas lectivas, el número de los/las docentes y equipos directivos financiados para las materias curriculares obligatorias en ese nivel, incluyendo jornadas completas y parciales, ascienden a 55.

  

MODULO PRESUPUESTARIO POR UNIDAD ESCOLAR

 

ETAPAS

 

FONDOS PUBLICOS POR UNIDAD/MES

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

SEGUNDO CICLO DE EDUCACION INFANTIL

 

545,08 €

 

 

EDUCACION PRIMARIA

 

545,08

 

 

EDUCACION SECUNDARIA OBLIGATORIA

 

708,61

 

 

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